Unánimemente, la Comisión de Justicia del Congreso pide al Gobierno que modifique, en un plazo de tres meses, el artículo siete de la Ley 10/2012, que regula el régimen de tasas judiciales. El cambio solicitado consiste en la incorporación a la lista de sujetos exentos del pago a entidades sin fines lucrativos, PYMES y comunidades de propietarios.

Las sociedades mercantiles que se beneficiarían de la exención propuesta son aquéllas cuya cifra de negocio sea inferior al millón de euros; mientras que a las ya exentas entidades sin fines lucrativos, se unirían las organizaciones no gubernamentales, siempre y cuando su objetivo fundamental sea la defensa y protección de los Derechos Humanos y las libertades fundamentales, las necesidades de bienestar económico y social o la sostenibilidad, protección y regeneración del medio ambiente.