En una sentencia de 23 de noviembre, el Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de la sociedad gestora de los derechos de los productores audiovisuales (EGEDA) contra la multa de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
La multa de 478.515 euros por abuso de posición de dominio ya había sido confirmada por la Audiencia Nacional en septiembre de 2016. Concretamente, la CNMC consideró abusivas las tarifas que EGEDA imponía a los hoteleros, sirviéndose de «tarifas inequitativas y excesivas», lo que distorsionó el proceso de negociación con los usuarios.