La protección constitucional a la inviolabilidad del domicilio debe abarcar también la «intromisión virtual» posibilitada por la revolución tecnológica.

El Tribunal Supremo alerta sobre «sofisticados instrumentos de intrusión que obligan a una interpretación funcional» del derecho constitucional a la inviolabilidad del domicilio. Concretamente, el TS se refiere a los drones de los que advierte que su «tripulación a distancia permite una ilimitada capacidad de intromisión en recintos domiciliarios abiertos». Esto constituye en palabras del Alto Tribunal «sólo uno de los múltiples ejemplos imaginables».

Sentencia TS – febrero 2016 – Indemnización por resolución anticipada alquiler local de negocio