La Audiencia provincial de Cantabria ha rechazado por auto el recurso y así ha confirmado la anulación, por considerarla abusiva, de la cláusula de cancelación anticipada de una hipoteca de Liberbank decretada por el Juzgado de Primera Instancia.

La AP ha fundamentado su fallo en el auto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de junio de 2015 relativo al carácter disuasorio de la Directiva 93/13; y que estableció que corresponde al juez nacional determinar el carácter abusivo, o no, de una cláusula no negociada individualmente con el consumidor, y ello con independencia de cómo se aplique en la práctica la cláusula considerada abusiva.