La práctica restrictiva de la competencia atribuida al Colegio de Abogados de Guadalajara consistió en una recomendación colectiva de precios mínimos; y el instrumento la publicación de criterios orientativos (con un listado completo de tarifa) para la tasación de Costas y Jura de Cuentas.

Además de publicar los criterios orientativos en su web, el Colegio de Abogados de Guadalajara los remitió a sus colegiados. El inicio de la infracción hay que fijarlo en abril de 2011; habiendo durado hasta la actualidad.

El gran riesgo reside, en palabras de la propia CNMC, en que la conducta “habría propiciado comportamientos similares entre profesionales de la misma rama y desincentivado la competencia entre los mismos en precios, calidad e incluso servicio, sustituyendo los riesgos de la libre competencia por la cooperación entre competidores, con los consiguientes perjuicios que ello conlleva para los consumidores”.

CNMC – Nota de prensa