En el contexto de una demanda de conflicto colectivo, mediante la cual se solicitaba la nulidad de la modificación sustancial colectiva, promovida por el Instituto Nacional de Estadística (INE), la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha concluido que (i) el INE no presentó memoria justificativa de las causas o motivos de la modificación propuesta, si bien era ésta una exigencia prevista en el III Convenio Único; (ii) ni aportó la documentación necesaria para justificar la necesidad de los cambios pretendidos, esto es causas de la modificación y de su intensidad; y (iii) no hubo una auténtica justificación sino un intercambio de correos electrónicos entre solo algunos de los sindicatos de la comisión negociadora y el INE, pero sin que los demás sindicatos tuvieran conocimientos de tales intercambios.
Estas irregularidades han determinado la decisión de la Audiencia Nacional de anular la modificación sustancial colectiva impuesta por el INE.