A solicitud de los operadores de telecomunicaciones titulares de concesiones habilitadoras para el despliegue de la infraestructura que hace posible la tecnología 4G (estaciones radioeléctricas en la banda de 800 MHz), y en atención al grado de tal despliegue hasta la fecha, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información ha resuelto ampliar por un período de doce meses adicionales la medida temporal consistente en sustituir la inspección previa a la utilización del dominio público radioeléctrico por una certificación expedida por técnico competente.

La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información pretende así continuar facilitando e impulsando el despliegue de las redes de comunicaciones electrónicas 4G, mejorar la gestión eficaz y eficiente del espectro radioeléctrico y posibilitar que ciudadanos y empresas dispongan lo antes posible de acceso a modernas e innovadoras redes y servicios de comunicaciones móviles, sin dejar de velar porque se excedan los límites de exposición a las emisiones radioeléctricas.
Así, durante doce meses, desde el pasado 12 de mayo, deberá presentarse la referida certificación (y no la inspección previa de la instalación) de que la instalación realizada se ajusta al proyecto técnico aprobado o a las condiciones previamente autorizadas. La certificación, para futuras estaciones y para aquéllas que a 12 de mayo se encuentren pendientes del trámite de solicitud de inspección técnica para la puesta en servicio, se presentará a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. No obstante, la presentación no equivale a autorización para utilización del dominio público radioeléctrico, sino que ésta se hace depender de la emisión de la correspondiente autorización por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información tras la revisión de la certificación.

Así, durante doce meses, desde el pasado 12 de mayo, deberá presentarse la referida certificación (y no la inspección previa de la instalación) de que la instalación realizada se ajusta al proyecto técnico aprobado o a las condiciones previamente autorizadas. La certificación, para futuras estaciones y para aquéllas que a 12 de mayo se encuentren pendientes del trámite de solicitud de inspección técnica para la puesta en servicio, se presentará a través de la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. No obstante, la presentación no equivale a autorización para utilización del dominio público radioeléctrico, sino que ésta se hace depender de la emisión de la correspondiente autorización por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información tras la revisión de la certificación.

Resolución de 5 de mayo de 2016, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información