El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado en relación con una cuestión prejudicial planteada por un tribunal austríaco sobre la interpretación del Reglamento (UE) No 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (Reglamento General de Exención por Categorías en materia de ayudas de Estado (RGEC)).
El TJUE ha aclarado que una medida de ayuda de Estado que no hace referencia al RGEC, concretamente al omitir el título y la referencia de la publicación en el Diario Oficial de la UE, no cumple con los requisitos de exención previstos en el RGEC.
Sentencia del TJUE de 21 julio de 2016 (Asunto C‑493/14 Dilly’s Wellnesshotel GmbH)